miércoles, 14 de noviembre de 2012

Derecho a la huelga, un derecho fundamental

En la historia de la democracia española se han convocado siete huelgas generales de 24 horas. Solo en el año 2010, Francia vivió ocho días de movilización. Pese a ello, la derecha política y los empresarios consideran que este 14-N es un abuso y reiteran su reclamación de una Ley de Huelga. ¿Tienen razón?


“Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”. Así lo establece la Constitución española en el artículo 28.2.


Comienzo de esta manera porque se ha instalado un amplio sentir negativo hacia esta clase de protestas. Pero el derecho a la huelga existe y no aparece, además, en un sitio marginal. Está recogido dentro del Título I de la Carta Magna: De los derechos y deberes fundamentales. Estamos hablando, por tanto, de una herramienta legal fuertemente protegida en nuestro ordenamiento jurídico, en la misma Constitución española.

Es más, prosiguiendo con la importancia del derecho a la huelga, se incluye en la Carta Magna dentro del referido Título I, en concreto en su capítulo segundo sección primera. Y lo que encontramos allí, si ustedes lo desconocen, es terreno sagrado para la sociedad española. Con el nombre ‘De los derechos fundamentales y libertades públicas’, entre los artículos 15 y 29 de nuestra Constitución se establecen las líneas infranqueables de la España democrática: el derecho a la vida; la libertad religiosa, ideológica y de culto; la libertad y seguridad; el derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la imagen; la libertad de residencia y de circulación libremente por el país; la libertad de expresión y difusión de ideas; el derecho de reunión pacífica y sin armas; el derecho de asociación; el derecho a participar en los asuntos públicos; la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos; la apuesta por la reinserción en las penas privativas de libertad; la prohibición de los tribunales de honor en el ámbito de la administración civil y las organizaciones profesionales; la existencia de una educación básica obligatoria y gratuita; los derechos de sindicación y de huelga; y el derecho de petición individual y colectiva.

Sí, para la Constitución española el derecho a la huelga es un derecho fundamental de nuestro ordenamiento jurídico. Los trabajadores que decidan este 14-N hacer huelga no estarán realizando nada malo. No tengan cargo de conciencia. Será una opción voluntaria que cuenta con el mayor aval legal posible en España: nuestra Carta Magna.

¿Por qué incomodan las huelgas a un determinado sector de la población? La derecha española, y buena parte de la patronal, llevan tres décadas reclamando la elaboración de una Ley de Huelga. No les sirve lo reflejado en la Constitución, que sigue la senda marcada por un Real Decreto Ley, de 4 de marzo de 1977. La izquierda española, contraria a ese revisionismo, ha ganado, de momento, la batalla. ¿Es suficiente con lo expuesto en el artículo 28.2. de la Carta Magna? Creo que sí. No existe mayor protección legal posible. Y mucho me temo que lo que se esconde detrás de la petición de una Ley de Huelga es el deseo de recortarla.  A fin de cuentas, salvo en casos muy puntuales, asuntos, por ejemplo, como los servicios mínimos, siempre se han pactado sin grandes problemas.
Además, considero maniqueos los argumentos de que los paros son contraproducentes para la economía de un país. Es cierto que una huelga persigue, entre otros objetivos, paralizar un territorio. Pero ningún trabajador busca dañar su situación laboral. La huelga es un instrumento de cambio. Y eso es lo que realmente molesta a la CEOE, al PP y los nacionalismos de derechas: que unos simples trabajadores puedan tumbar planes políticos y empresariales porque los consideren injustos. 

Recordemos, además, que las huelgas, afortunadamente, han sido mayoritariamente pacíficas en España. La acción de los tan cuestionados piquetes informativos dista mucho de ser radical, excepto excepciones que deben ser denunciadas y sancionadas, y efectiva. Quien quiere trabajar, casi siempre, lo consigue. El derecho a la huelga no colisiona con el derecho al trabajo. Se complementan y se respetan.
Aparquemos las situaciones de países como Grecia o Portugal, donde el derecho de huelga se agita con mayor frecuencia que en España por tradición y por un colapso social y económico irrespirable. Viajemos a la Europa rica. Solo en el año 2010, Francia vivió ocho jornadas de huelga general. ¡Ocho!  ¿Francia dejó de ser una nación opulenta por ello?

Con este 14-N, en España se habrán convocado desde la reinstauración de la democracia apenas siete jornadas de paro total de 24 horas. A saber: 20 de junio de 1985, 14 de diciembre de 1988, 27 de enero de 1994, 20 de junio de 2002, 29 de septiembre de 2010, 29 de marzo de 2012 y 14 de noviembre de 2012. Ha habido más huelgas, pero solo estas siete han sido de 24 horas. ¿Son muchas jornadas de movilización de los trabajadores en tres décadas? Miremos, por ejemplo, a Francia. Parece ser que no.
Podemos discutir sobre la eficacia de estas medidas, al menos las huelgas del 14 de diciembre de 1988 y del 20 de junio de 2002 fueron un éxito ya que tumbaron medidas, respectivamente, de los Gobiernos de Felipe González y José María Aznar. Podemos discutir sobre el papel de los sindicatos en las sociedades modernas del siglo XXI. Pero lo que no se puede hacer es deslegitimar un derecho, el de huelga, que es un derecho fundamental de nuestra Constitución y del que tampoco se ha abusado en España. 


Así que, si usted quiere hacer hoy huelga, no tenga mala conciencia. No es usted un villano, ni un criminal, ni quiere cargarse a su patrón. No está provocando la ruina económica de España, ni de su empresa. Estará ejerciendo un derecho fundamental de nuestra Constitución para protestar por una situación económica y laboral que, al menos en los países del sur de Europa, donde en este 14-N habrá huelga, se considera injusta.

Estará ejerciendo un derecho fundamental de nuestra Constitución para protestar por un incesante y desesperante incremento del desempleo; por una ineficaz reforma laboral; por un deterioro de los servicios sociales públicos. Estará siendo, simplemente, un ciudadano que quiere demostrar su malestar de una forma pacífica y legítima. Porque, además, este 14-N, más que escucharnos Moncloa, deberían hacerlo Berlín y Bruselas.
Y de un mayor o menor respaldo, dependerá, me temo, que lleguen en un futuro próximo más y peores recortes. A tiempo estamos para evitarlo. Sí se puede. El movimiento ciudadano ha conseguido, al menos, parar algunos futuros desahucios. Esta misma semana, la movilización de los trabajadores del Hospital La Princesa ha logrado extraer un compromiso verbal al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid para que el histórico recinto no se convierta en un geriátrico. 

¡Claro que se pueden conseguir cosas saliendo a la calle! Pero para eso hace falta ser valientes y olvidarse de complejos. El 14-N es una oportunidad para serlo. Usted decide si lo secunda. Esa es la grandeza de la democracia.

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