El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos anula un dictamen, avalado en España por el
Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que impedía liberar
prematuramente a terroristas e importantes delincuentes cambiando la manera de
aplicar los beneficios penitenciarios. La abolición no suponía una
reivindicación del conjunto de la sociedad española, pero es inapelable y, por
tanto, de obligatorio cumplimiento. El Gobierno no quiere, sin embargo, quemarse en la
opinión pública con decenas de próximas polémicas excarcelaciones y deja la
decisión en manos de unos jueces que no tienen margen de maniobra. Quizás, en
vez de esconderse, los ministros Gallardón y Fernández Díaz debieran hacer un
poco de pedagogía jurídica y explicar al conjunto de la sociedad el
funcionamiento de la política penitenciaria de España y de la Unión Europea
para no crear más dolor con esta sentencia de Estrasburgo.
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Juan Manuel Valentín, asesino de la niña Olga Sangrador. |
Soy de Valladolid.
Recuerdo, en mi infancia, dos casos de la crónica de sucesos que ahora vuelven
a estar de actualidad. Los viví, geográficamente, muy cerca. Pedro Luis Gallego
Fernández, conocido como ‘el violador del ascensor’, y Juan Manuel Valentín
Tejero son dos de los más de 130 reclusos afectados por el fallo del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos que anula la Doctrina Parot. Dos violadores, dos
asesinos, dos animales que quedarán muy pronto en libertad.
Pedro Luis Gallego
fue condenado a 273 años, dos meses y dieciséis días de prisión por los asesinatos de
una joven burgalesa de 22 años (Marta Obregón), en enero de 1992, y de una joven
vallisoletana de diecisiete años (Leticia Lebrato), en julio de ese mismo año. Cuatro meses
después, la Policía detuvo a Gallego en A Coruña. Además, fue condenado por un
total de dieciocho violaciones probadas y tres tentativas, un tiroteo con la Policía, tenencia ilícita de armas y robo con intimidación. Un ser
despreciable, una alimaña, un monstruo.
Sin embargo, ‘el
violador del ascensor’, conocido así por su ‘modus operandi’, pudo quedar ya en
libertad en diciembre de 2008. El Supremo evitó su excarcelación gracias a la
Doctrina Parot. Cumpliría condena hasta noviembre de 2022, cuando llevaría
treinta años entre rejas, el tiempo máximo establecido por el Código Penal
hasta la reforma de 2003. Entonces, se elevó a cuarenta años en casos muy
concretos: terroristas o autores de delitos muy graves condenados por dos o más
delitos, alguno de ellos castigado con más de veinte años de prisión.
Recuerdo aquel
verano de 1992. Entonces, el morbo no se había apoderado de las televisiones,
privadas (acababan de aparecer) y públicas. Aún faltaban unos meses para que,
en enero de 1993, con la aparición en Alcàsser (Valencia) de los cuerpos de tres niñas desaparecidas, las noticias de sucesos se convirtieran en un
lamentable espectáculo mediático. Curiosamente, el único detenido por aquel triple crimen, Miquel Ricart, también es uno de los beneficiados por el fallo del
Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Cuando actuaba el
‘violador del ascensor’, la televisión no traficaba con los sentimientos de
familias que acababan de perder a un ser querido en situaciones muy dolorosas.
No obstante, recuerdo el ambiente en la ciudad. Los padres pedían a sus hijas
que tuvieran cuidado, mucho cuidado. Las noticias sobre violaciones aparecían
cada poco tiempo en los periódicos. Había un canalla suelto. Pero, ¿qué hacer
con un individuo que esperaba a sus víctimas oculto dentro de los portales de sus mismos
hogares?
Pedro Luis Gallego,
hijo del famoso barquero del estanque del Campo Grande, era una bestia. Nunca
había matado hasta los asesinatos de Marta Obregón y Leticia Lebrato, pero
tenía ya un amplio historial delictivo con numerosos casos de agresiones
sexuales. Conoció, con apenas veinte años, la prisión en 1979, cuando entró por
primera vez por un delito de utilización de vehículo ajeno y violación. Las
condenas se sucedían: marzo de 1981 y enero de 1982 (abusos deshonestos y
simulación de delito), 1985 (violación con uso de armas en Alicante), 1987
(violación)… Apenas un mes antes de asesinar a Marta Obregón, había salido, en
diciembre de 1991, en libertad provisional de la prisión de Palencia, donde
cumplía condena por violar a una joven de 26 años.
Era una bomba a
punto de explotar. Solo era cuestión de tiempo que diera un paso adelante y
pasara de la violación al asesinato. Amedrentó a Valladolid y provincias
vecinas, como Burgos, Salamanca y Zamora. En el juicio, no mostró ningún
arrepentimiento, ni siquiera contestó a las preguntas de la Fiscalía. Sí negó los
asesinatos de Marta Obregón y Leticia Lebrato.
“Tiene orden de alejamiento,
pero también la tenía cuando asesinó a nuestra Leticia. No la va a cumplir
porque nadie le va a vigilar, no hay policías suficientes”, temía la madre de
Leticia Lebrato cuando Pedro Luis Gallego, que tiene ahora 54 años, estaba a
punto de recuperar la libertad hace casi cinco años. Entonces, la Doctrina
Parot paralizó su salida a la calle.
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Pedro Luis Gallego, asesino de Marta Obregón y Leticia Lebrato. |
En ese mismo verano
de 1992, otra bestia, Juan Manuel Valentín Tejero, asesinó a una niña de nueve
años, Olga Sangrador, mientras disfrutaba de un permiso penitenciario de seis
días. Cumplía condena en la prisión de Villanubla (Valladolid) por dos violaciones,
abuso sexual a menores, exhibicionismo y robo. Tejero fue condenado a 64 años y
nueve meses de cárcel por la violación y asesinato de Olga Sangrador, a la que
enterró en un pinar cercano a Tudela de Duero (Valladolid). En el juicio, los
peritos médicos señalaron que sufría una imparable atracción sexual hacia los
menores y que era perfectamente consciente de sus actos.
Tejero aprovechó un
permiso penitenciario para ir a las Fiestas de Villalón de Campos (Valladolid).
Allí, secuestró, violó y asesinó a Olga Sangrador. La imagen de su detención,
mientras agentes de la Guardia Civil le sujetaban la cara y le instaban a mirar
el cuerpo inerte de la niña, inundaron los informativos. España entera se
conmocionó. Como Gallego, a Tejero se le aplicó la Doctrina Parot para evitar
una insultante temprana excarcelación. Habría salido a la calle en marzo de
2012. Actualmente, cumplía condena hasta julio de 2025.
El Tribunal Europeo
de Derechos Humanos de Estrasburgo ha atendido el recurso contra la Doctrina
Parot presentado por la sanguinaria terrorista Inés del Río, histórica
integrante del Comando Madrid, condenada a 3.828 años y un día de prisión por 23
asesinatos, entre ellos doce en el famoso coche bomba que explotó junto a un
autobús y un microbús de la Guardia Civil en la plaza de la República
Dominicana de Madrid el 14 de julio de 1986. Estrasburgo, con su fallo,
inapelable y de obligado cumplimiento para el Gobierno español, pondrá en
libertad a Del Río junto con otros 95 etarras y 37 condenados por otros
delitos como asesinato, violación, narcotráfico y terrorismo de estado,
entre ellos Pedro Luis Gallego y Juan Manuel Valentín.
Me duele este
fallo. Creo que nos duele a la mayoría de españoles, a la mayoría de personas
con corazón.
Tengo mi opinión sobre qué hacer con esta escoria. No soy
partidario de la pena de muerte. Me parece un asesinato, con el agravante de
estar institucionalizado y de ser, además, ineficaz, al contrario de lo que
defienden sus partidarios, en la lucha contra la delincuencia. No hay más que
comparar la inseguridad ciudadana en Estados Unidos, donde existe la pena
capital en varios estados, y en España.
Sí soy partidario,
en cambio, de la cadena perpetua. Es una figura penitenciaria delicada, pero
que existe en países nada sospechosos de antidemocráticos como Francia,
Alemania, Reino Unido, Italia y Holanda. En la práctica, casi ningún preso,
incluso condenado a cadena perpetua, cumple más de veinte años de prisión en
estos países. En este sentido, incluso en España, pese a no existir esta
posibilidad, las penas son más inflexibles y duraderas a pesar de la opinión
mayoritaria en el conjunto de la sociedad.
Creo que en España
debería existir cadena perpetua para, precisamente, evitar las excarcelaciones
de condenados como Inés del Río, Pedro Luis Gallego y Juan Manuel Valentín. No son
personas que merezcan la libertad. No se trata de un ánimo de venganza. Soy
partidario de una cadena perpetua revisable. Me parece absurdo tener sesenta
años entre rejas a un tío que a los cinco ya está arrepentido. Pero con los
delitos de terrorismo, por su crueldad y cobardía, y con determinados presos,
como grandes narcotraficantes, violadores o asesinos, habría que pensar en la
idoneidad de una cadena perpetua solo conmutable con un profundo
arrepentimiento.
Soy un firme
defensor del papel de las prisiones como centros de reinserción. Debe ser su
principal función, incluso por encima del castigo penal. Me parecen excesivas
las penas que se imponen a algunos reos, como miembros de poca monta de una red
de narcotráfico o atracadores, sin violencia, que actúan por necesidad
económica. Ahora bien, con determinados presos, gente sin conciencia, que
existen, y no son pocos, no se puede ser blando. ¿Qué gana la sociedad española
con las excarcelaciones de Inés del Río, Pedro Luis Gallego y Juan Manuel
Valentín?
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La histórica etarra Inés del Río. |
Pedro Luis Gallego
y Juan Manuel Valentín son, además, dos reclusos reincidentes. Antes de
asesinar, habían violado y habían pasado por prisión. No solo no se
reinsertaron sino que intensificaron sus delitos. Sacarlos a la calle es un
riesgo para la seguridad de mujeres y niños, respectivamente los objetos de
deseo de estos dos depravados sexuales.
Mientras, Inés del
Río forma parte de una historia de ETA que no casa con la realidad actual.
¿Ganaría algo la izquierda abertzale incluyéndola en sus listas u organizando un
homenaje? ¡Más bien al contrario! Ya tuvimos cercana la experiencia del asesino
De Juan Chaos. Están muy bien en prisión. No han pedido perdón. No se
arrepienten de lo que han hecho. ¡No seamos tan estúpidos de dejarlos en la
calle!
Pero, ¿saben cuál
es el problema? La actual legislación española, supeditada a las posibles
decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no contempla estas medidas
penitenciarias. La realidad es la que es. Inés del Río, Pedro Luis Gallego y
Juan Manuel Valentín, junto con algo más de un centenar de terroristas y
grandes delincuentes, tienen que salir a la calle. No me gusta. Es más, me
asquea. Pero, como demócrata, tengo que acatar la decisión del Tribunal Europeo
de Derechos Humanos, el mismo Tribunal que sí, por ejemplo, avaló la ilegalización
de Batasuna.
No creo que sea un
paso atrás en la lucha contra ETA. ¡Celebremos su derrota! Parece que algunos
no quieren vivir este momento de felicidad. Sí, ETA está acabada. La hemos
vencido. Han perdido. Y lo saben, no les hagamos más importantes de lo que son.
Han fracasado. Y por negarnos a aplicar el fallo del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos no vamos a ganar nada, más bien al contrario.
Entiendo, no
obstante, a las víctimas. Tienen todo el derecho a sentirse indignadas. Su
dolor merece, sin ningún reparo, nuestra compasión, nuestro apoyo. Pero el
Gobierno no puede esconderse. Es una indignidad moral y política que los
ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, e Interior, Jorge Fernández
Díaz, pretendan dejar la libertad de los presos afectados por la Doctrina Parot
en manos de los jueces y responsabilizarles ante la sociedad.
El Partido Popular,
que sabía de sobra que Estrasburgo iba a dar la razón a la etarra Inés del Río,
no quiere involucrarse en una medida claramente impopular. Pero, ¡hay que ser
más valientes! El Gobierno no solo tiene la obligación de cumplir con la
sentencia, sino de explicarla, aunque le suponga perder votantes deseosos de
ver pudrirse en prisión a los terroristas de ETA y a desalmados violadores como
Pedro Luis Gallego y Juan Manuel Valentín. La venganza no es la esencia de la
política penitenciaria española, ni tampoco de la Unión Europea.
Somos demócratas y
eso supone, entre otras cosas, incluso acatar decisiones que no nos gusten. Me
duele escuchar a la madre de Olga Sangrador implorando para que el asesino de
su hija cumpla los 64 años de condena por la muerte y violación de la niña. Ella no tiene por qué saber que eso es imposible en la legislación
española. Ni antes, ni ahora.
Las condenas
judiciales, con condenas muy llamativas con incluso miles de años, como en las
sentencias de atentados de ETA o de los atentados yihadistas del 11-M, confunden
a la sociedad, que no está obligada a tener conocimientos jurídicos, a saber
que el cumplimiento máximo es de cuarenta años (treinta para presos condenados
con el antiguo Código Penal), que existen los beneficios penitenciarios y la
reinserción social. Es labor del Gobierno, y más ahora tras este fallo del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, explicar la política penitenciaria de
España y lo que supone.
Los sentimientos,
en muchas ocasiones, nada tienen que ver con el cumplimiento de la Ley. La Doctrina
Parot es un ejemplo. Y, aunque me repugne ver en la calle a animales como Inés del
Río, Pedro Luis Gallego y Juan Manuel Valentín, si quiero, de verdad, merecer
el calificativo de demócrata, tengo que asumir la sentencia del Tribunal de
Derechos Humanos de Estrasburgo. Los sentimientos me piden otra cosa, pero sé
que, a día de hoy, la Ley es taxativa. No queda otra que cumplirla por mucho
que me disguste.
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