El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos anula un dictamen, avalado en España por el
Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que impedía liberar
prematuramente a terroristas e importantes delincuentes cambiando la manera de
aplicar los beneficios penitenciarios. La abolición no suponía una
reivindicación del conjunto de la sociedad española, pero es inapelable y, por
tanto, de obligatorio cumplimiento. El Gobierno no quiere, sin embargo, quemarse en la
opinión pública con decenas de próximas polémicas excarcelaciones y deja la
decisión en manos de unos jueces que no tienen margen de maniobra. Quizás, en
vez de esconderse, los ministros Gallardón y Fernández Díaz debieran hacer un
poco de pedagogía jurídica y explicar al conjunto de la sociedad el
funcionamiento de la política penitenciaria de España y de la Unión Europea
para no crear más dolor con esta sentencia de Estrasburgo.
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| Juan Manuel Valentín, asesino de la niña Olga Sangrador. |
Soy de Valladolid.
Recuerdo, en mi infancia, dos casos de la crónica de sucesos que ahora vuelven
a estar de actualidad. Los viví, geográficamente, muy cerca. Pedro Luis Gallego
Fernández, conocido como ‘el violador del ascensor’, y Juan Manuel Valentín
Tejero son dos de los más de 130 reclusos afectados por el fallo del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos que anula la Doctrina Parot. Dos violadores, dos
asesinos, dos animales que quedarán muy pronto en libertad.
